FIJACION DE LA POLITICA NACIONAL EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA - PLAN AGROPECUARIO




Promulgación: 15/07/1996
Publicación: 31/07/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 64
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículos 241, 242, 243, 
244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257, 258 
y 259.

Artículo 10

   Determínase como representantes de los subsectores involucrados en los
cometidos asignados a la Institución Plan Agropecuario, a que se refiere
el artículo anterior, a las siguientes instituciones: Asociación Nacional
de Productores de Leche; Intergremial de Productos Lecheros; Asociación de
Cultivadores de Arroz; Confederación Granjera del Uruguay; Sociedad de
Productores Forestales; Sociedad de Agricultores (en formación) y
representantes de las entidades privadas que integran la Comisión
Honoraria Nacional del Plan Citrícola, el Instituto Nacional de
Vitivinicultura y las Comisiones Asesoras del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca en apicultura, suinicultura y avicultura.
 Las entidades indicadas anteriormente designarán un titular y alterno
ante el Consejo Asesor.
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