MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE CALIFICACION Y ASCENSOS DEL PERSONAL SUBALTERNO DE LA DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA DE ESTADO




Promulgación: 14/09/2011
Publicación: 23/09/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 694
VISTO: la gestión de la Dirección Nacional de Inteligencia de Estado a
efectos de modificar el Reglamento de Calificación y Ascensos del Personal
Subalterno de dicha Dirección aprobado por el Decreto 39/000 de 1ro. de
febrero de 2000, en la redacción dada por el Decreto 395/004 de 9 de
noviembre de 2004.

RESULTANDO: I) que habida cuenta del plazo transcurrido desde la entrada
en vigor de dicho cuerpo normativo, se evaluaron los alcances de la norma
y su afectación en el desarrollo del Escalafón Subalterno de la Dirección
Nacional de Inteligencia de Estado.

II) que durante dicho período se constataron dificultades en la
interpretación y aplicación del mismo.

CONSIDERANDO: I) que se estima pertinente modificar el referido
Reglamento.

II) que las modificaciones propuestas tienden a asegurar la continuidad en
la carrera funcional del Personal Subalterno, simplificando los sistemas
de calificación y ascenso, observando las debidas garantías para los
funcionarios y el mejor desempeño de los cometidos asignados a la
Dirección Nacional de Inteligencia de Estado.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Dirección
Nacional de Inteligencia de Estado y por el Departamento
Jurídico-Notarial, Sección     Jurídica del Ministerio de Defensa
Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Sustituir la redacción del artículo 7mo. del Reglamento de Calificación y
Ascensos del Personal Subalterno de la Dirección Nacional de Inteligencia
de Estado aprobado por el Decreto 39/000 de 1ro. de febrero de 2000, por
la siguiente: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

 Sustituir la redacción del artículo 8vo. del Reglamento de Calificación y
Ascensos del Personal Subalterno de la Dirección Nacional de Inteligencia
de Estado aprobado por el Decreto 39/000 de 1ro. de febrero de 2000, por
la siguiente: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 3

 Sustituir el artículo 9no. del Reglamento de Calificación y Ascensos del
Personal Subalterno de la Dirección Nacional de Inteligencia de Estado
aprobado por el Decreto 39/000 de 1ro. de febrero de 2000 en la redacción
dada por el Decreto 395/004 de 9 de noviembre de 2004, por la siguiente:
 (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 4

 Sustituir la redacción del artículo 35to. del Reglamento de Calificación
y Ascensos del Personal Subalterno de la Dirección Nacional de
Inteligencia de Estado aprobado por el Decreto 39/000 de 1ro. de febrero
de 2000, por la siguiente: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 5

 Sustituir la redacción del artículo 38vo. del Reglamento de Calificación
y Ascensos del Personal Subalterno de la Dirección Nacional de
Inteligencia de Estado aprobado por el Decreto 39/000 de 1ro. de febrero
de 2000, en la redacción dada por el Decreto 395/004 de 9 de noviembre de
2004, por la siguiente: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 6

 Sustituir la redacción del artículo 39no. del Reglamento de Calificación y Ascensos del Personal Subalterno de la Dirección Nacional de Inteligencia de Estado aprobado por el Decreto 39/000 de 1ro. de febrero de 2000, en la redacción dada por el Decreto 395/004 de 9 de noviembre de 2004, por la siguiente: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 7

 Sustituir la redacción del artículo 43ro. del Reglamento de Calificación
y Ascensos del Personal Subalterno de la Dirección Nacional de
Inteligencia de Estado aprobado por el Decreto 39/000 de 1ro. de febrero
de 2000, por la siguiente: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 8

 Comuníquese, publíquese y oportunamente, archívese.

JOSÉ MUJICA - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO
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