ESTABLECE CONTRALOR DE LA CONTADURIA GENERAL DE LA NACION




Promulgación: 02/01/1976
Publicación: 27/01/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 17
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.416 de 28/08/1975 artículos 43, 44, 
45, 46, 47, 48 Derogada/o, 49 y 50.
Referencias a toda la norma
Visto: lo dispuesto por los artículos 43º a 50º de la ley 14.416 de 28 de
agosto de 1975.

Considerando: I) Que las referidas disposiciones establecen un régimen de
control de los fondos públicos para su utilización por los Organismos y
Unidades Ejecutoras comprendidos dentro de la Administración Central;

II) Que el incumplimiento a diversas disposiciones legales trae como
consecuencia, la transferencia de los fondos a Rentas Generales, lo que
hace necesario y conveniente reglamentar toda la materia en forma
orgánica.

Atento: a lo dispuesto en el artículo 168º inciso 4º de la Constitución,

El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                              DECRETA:

Artículo 1

La Contaduría General de la Nación controlará los fondos públicos de que
sean beneficiarios los Organismos y Unidades Ejecutoras comprendidos
dentro de la Administración Central (Incisos 2 al 14).
Se exceptúan de las disposiciones del presente decreto, únicamente los
créditos presupuestales destinados a atender gastos de funcionamiento
previstos en los Programas de los respectivos Incisos. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.

BORDABERRY - HUGO LINARES BRUM - JUAN CARLOS BLANCO - VALENTIN ARISMENDI -
WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO CRISPO AYALA - ADOLFO CARDOSO
GUANI - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - JUSTO M. ALONSO LEGUISAMO - JULIO
EDUARDO AZNAREZ - FEDERICO SONEIRA
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