Antes del 31 de octubre de cada año, los Organismos y Unidades Ejecutoras
deberán presentar ante la Contaduría General de la Nación, un preventivo
de ingresos y egresos, para el año siguiente, ajustado a las disposiciones
específicas que los rigen.
Si el Poder Ejecutivo no se pronunciara antes del 1º de enero
subsiguiente, dicho preventivo se considerará automáticamente aprobado.