ESTABLECE CONTRALOR DE LA CONTADURIA GENERAL DE LA NACION




Promulgación: 02/01/1976
Publicación: 27/01/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 17
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.416 de 28/08/1975 artículos 43, 44, 
45, 46, 47, 48 Derogada/o, 49 y 50.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

A partir del 1º de enero de 1976, las Contadurías Centrales o las que
hagan sus veces, procederán a individualizar por su distinta naturaleza en
cuentas independientes con nombre y número, todos los fondos depositados o
que se depositen en las Instituciones Bancarias y en la Tesorería General
de la Nación. Todo cambio de codificación deberá ser comunicado a la
Contaduría General de la Nación dentro de los diez días de realizado el
mismo.
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