REGLAMENTACION DE LO DISPUESTO POR EL TITULO 13 DEL TEXTO ORDENADO 2023, QUE RECOPILA NORMAS RELATIVAS AL IMPUESTO DE ENSEÑANZA PRIMARIA (IEP) Y DEROGACION DE LOS DECRETOS NROS. 395/992, 7/003, 229/015, Y 3/018
IMPUESTO DE ENSEÑANZA PRIMARIA (IEP)
CAPÍTULO III - INMUEBLES RURALES
Artículo 8
Liquidación.- Los contribuyentes del Impuesto de Enseñanza Primaria que grava las propiedades inmuebles rurales, liquidarán el impuesto a pagar en base a la presentación de una declaración jurada ante la Dirección General Impositiva (DGI), en los términos y condiciones que la misma determine.