Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32, T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículos 1 - Título 10, 2 - Título 10, 5 - Título 10, 6 - Título 10, 9 - Título 10, 9 - BIS Título 10, 11 - Título 10, 12 - Título 10, 13 - Título 10, 16 - Título 10, 18 - Título 10, 19 - Título 10, 20 - Título 10 y 70 - Título 10.
Agregación de valor sobre bienes inmuebles
Deducción.- Del monto calculado de acuerdo al artículo anterior, podrá deducirse el impuesto incluido en la documentación de las adquisiciones gravadas que integren directamente el costo de la obra, en las condiciones generales del impuesto.