REGLAMENTACION DEL ART. 242 DE LA LEY 18.719 Y EL ART. 104 Y SIGUIENTES DE LA LEY 18.996, RELATIVO A LA APLICACION DE LA SIMPLIFICACION Y
CATEGORIZACION DE LOS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS DE DETERMINADOS PUESTOS DE TRABAJO
Reglamentario/a de:
Ley Nº 18.996 de 07/11/2012 artículos 104, 105, 106, 107, 108, 109
y 110,
Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 242.
Artículo 2
(Compensación al Cargo Ejecutivos) La retribución que perciben los
funcionarios que ocupan cargos efectivos, en el escalafón L, subescalafón
Ejecutivo, que se conforma a partir de la sumatoria de las partidas
creadas por las siguientes normas: artículo 137 Ley N° 14.252 de 22 de
agosto de 1974;, artículo 79 Ley N° 15.903 de 10 de noviembre de 1987;
artículo 163 Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990 Compensación al
Cargo (042.003); artículo 154 Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990
Compensación Subalternos Ejecutivos (042.006); artículo 163 Ley N° 16.170
de 28 de diciembre de 1990 Compensación Ejecutivos Grados 07 al 14
(042.008); artículo 213 Ley N° 14.189 de 30 de abril de 1974; artículo 198
Ley N° 15.809 de 8 de abril de 1986 Rancho Metálico (042.017); artículo 86
Ley N° 18.046 de 24 de octubre de 2006 y su modificativa, artículo 129 Ley
N° 18.362 de 6 de octubre de 2008 Compensación mensual individual
(042.104); artículo 3 Ley N° 17.269 de 28 de setiembre de 2000 (048.015);
artículo 43 Ley N° 18.405 de 24 de octubre de 2008, aportes a la seguridad
social en las partidas originalmente creadas por los artículos 140, 141 y
142 de la Ley N° 16.736 de 05 de enero de 1996 y normas previas -artículo
164 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990 en la redacción dada
por el artículo 29 de la Ley N° 16.002 de 25 de noviembre de 1988-, con
las modificaciones introducidas por los artículos 87 y 88 de la Ley N°
18.046 de 24 de octubre de 2006 (042.110-042.111-068.002); artículo 44 Ley
N° 18.405 de 24 de octubre de 2008 Reintegro de aportes a la seguridad
social (042.115); será categorizada como "Compensación al Cargo" y quedará
establecida en los montos siguientes:
Grado Importe
14 Inspector General 17.518,52
13 Inspector Principal 15.738,99
12 Inspector Mayor 15.372,21
11 Comisario Inspector, Mayor 16.287,43
10 Comisario, Capitán 15.770,97
9 Sub Comisario, Teniente 1° 12.977,22
8 Oficial Principal, Teniente 2° 12.732,21
7 Oficial Ayudante, Alférez 12.518,48
6 Oficial Sub Ayudante 12.115,89
6 Sub Oficial Mayor 11.501,22
5 Sargento primero 11.376,18
4 Sargento 11.272,45
3 Cabo 11.160,01
2 Agente de primera, Guardia de primera,
Bombero de primera 10.406,70
1 Agente de segunda, Guardia de Segunda,
Bombero de Segunda 10.307,18
0 Cadete 2.450,91