REGLAMENTACION DEL ART. 242 DE LA LEY 18.719 Y EL ART. 104 Y SIGUIENTES DE LA LEY 18.996, RELATIVO A LA APLICACION DE LA SIMPLIFICACION Y
CATEGORIZACION DE LOS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS DE DETERMINADOS PUESTOS DE TRABAJO
Reglamentario/a de:
Ley Nº 18.996 de 07/11/2012 artículos 104, 105, 106, 107, 108, 109
y 110,
Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 242.
Artículo 6
(Compensación Especial Apoyo) La retribución que perciben los
funcionarios que ocupan cargos efectivos, en el escalafón L, subescalafón
Apoyo, que se conforma con las partidas creadas por las siguientes normas:
artículo 21 Ley N° 16.333 de 1 de diciembre de 1992 (042.059); artículo
118 Ley N° 16.320 de 1 de noviembre de 1992, artículo 36 Ley N° 16.462 de
11 de enero de 1994 y artículo 144 Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996
(042.009); artículo 1° de la Ley N° 16.911 de 13 de febrero de 1998
(048.014); será categorizada como "Compensación Especial" y quedará
establecida en los montos siguientes:
Sub escalafones de Apoyo (PA; PT; PE; PS)
Grado Años de Años de Años de Años de
0 a 14 15 a 24 25 a 29 30 a más
Importe Importe Importe Importe
14 11.577,24 13.651,10 15.724,95 16.969,27
13 11.112,51 13.103,12 15.093,72 16.288,09
12 10.789,53 12.722,28 14.655,03 15.814,68
11 6.375,53 7.517,60 8.659,66 9.344,90
10 5.849,67 6.897,53 7.945,40 8.574,12
9 4.104,10 4.938,77 5.773,44 6.274,24
8 3.765,24 4.530,99 5.296,74 5.756,19
7 3.419,19 4.114,57 4.809,94 5.227,17
6 3.129,08 3.765,45 4.401,83 4.783,65
5 2.298,23 2.831,00 3.363,77 3.683,44
4 2.137,58 2.633,12 3.128,65 3.425,96
3 1.981,56 2.440,92 2.900,28 3.175,90
2 1.428,53 1.818,83 2.209,12 2.443,30
1 1.301,55 1.657,15 2.012,75 2.226,11
El importe resultante de la intersección entre el rango de años
determinado por la fecha de ingreso a la Administración Pública y la
escala de grados policiales en la que se encuentra el funcionario
determinará el valor correspondiente a percibir.
El mismo se efectivizará a partir del mes siguiente de computar otro año
de servicio.
Las diferencias que surgieran entre la forma actual y la anterior de
calcular estas partidas se compensarán en los nuevos montos de antigüedad
en el grado y/o de permanencia en el grado según corresponda.