Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70 y 71.
TÍTULO III - NOTIFICACIONES Y PLAZOS
El procedimiento completo de la calificación no podrá exceder los 60 días hábiles a partir del vencimiento del período de la calificación, el cual será el 31 de diciembre de cada año.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 74 (vigencia).