TÍTULO IV - DE LAS JUNTAS CALIFICADORAS CAPÍTULO I - ASPECTOS GENERALES
Artículo 39
Las Juntas Calificadoras estarán conformadas por:
A) Tribunales de Calificación: Estos serán especialmente convocados y dependerán del Jerarca Máximo de la Unidad Ejecutora.
B) Secretaría Permanente: Esta dependerá jerárquicamente de las Gerencias, Departamentos u Oficinas de Gestión Humana de las Unidades Ejecutoras, las que proporcionarán el personal idóneo para el normal desempeño de las tareas que se le asignen, procurando afectarlos en forma específica a la misma y mientras sea requerida su participación a los efectos de la calificación.