TÍTULO V CAPITULO II - DE PROCEDIMIENTO PARA LOS ASCENSOS
Artículo 66
Cuando se produzca un empate en la calificación de dos o más funcionarios, el desempate se producirá de la siguiente manera:
A) Por las notas del curso o concurso de pasaje de grado, cuando fueran diferentes, quedando primero el que tenga una nota superior.
B) Si las notas de curso o concurso de pasaje de grado fueran iguales, quedará primero aquel que tenga mayor puntaje promedio en el tiempo de permanencia en el grado resultado de los Informes de evaluación anual o evaluaciones de desempeño.
C) Si lo anterior también fuera igual, deberá considerarse como primero el que resulte con el menor promedio de factores negativos acumulados en el tiempo de permanencia en el grado.
D) Si aun así continuara una igualdad en los puntajes, deberá considerarse el resultado final de la calificación anterior.
E) Y en todos los casos que continúe el empate, se realizará un sorteo mediante Escribano Público.