Reglamentario/a de: Ley Nº 17.453 de 28/02/2002 artículos 28, 29, 30, 31,
32 y 33.
Artículo 7
Liquidación y pago.- El impuesto se liquidará y pagará mensualmente en
las condiciones y dentro de los plazos que establezca la Dirección
General Impositiva.-