Cuando de mandato de esta ley, se produzca el retiro obligatorio, el
funcionario policial continuará percibiendo, con cargo a Rentas
Generales, el 80% (ochenta por ciento) del sueldo y demás complementos
que tenía asignados mientras se hallaba en actividad. Iniciado el pago
del haber de retiro, el Banco de Previsión Social integrará a Rentas
Generales el importe de los haberes devengados desde que se produjo la
desvinculación del funcionario, sin perjuicio de efectuar la
reliquidación que corresponda de dichos haberes.
No obstante generar vacante por la desvinculación producida, el
funcionario continuará revistando en el programa respectivo al solo
efecto de la percepción de su haber de retiro hasta tanto el Banco no
inicie el pago de éste.
Recibirán el mismo tratamiento a que se refieren los incisos
anteriores, aquellos funcionarios policiales que se acojan
voluntariamente al retiro, si contaran para ello con más de treinta años
de servicios policiales.
Deróganse los artículos 10, 11, 12, 13, 18, inciso final, 45 inciso
final y 92 de la Ley N.o 13.963, de 22 de mayo de 1971 y las respectivas
concordancias.
El retiro obligatorio por razón de edad, sólo regirá para los
funcionarios de los Subescalafones a), b), d) y e) del artículo 45,
cuando tuvieren 25 años de servicios computados, incluyendo en éstos los
no policiales reconocidos conforme a lo establecido en el artículo 3.o de
la ley N.o 13.793, de 24 de noviembre de 1969, llenaren los requisitos
establecidos en la ley N.o 9.940, de 2 de julio de 1940, o alcanzaren 60
años cumplidos de edad.
El Poder Ejecutivo, dentro de los primeros cuatro años de vigencia de
esta ley, por razones de servicio público y por resolución fundada en
cada caso, podrá mantener en su cargo a funcionarios que se encuentren
comprendidos en las causales de retiro establecidas en la presente ley.
Autorízase al Poder Ejecutivo a ordenar las disposiciones de la
presente ley en el texto de la ley N.o 13.963, de 22 de mayo de 1971,
estableciendo la numeración correlativa de su articulado que corresponda,
respetando su estructura.