El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 20.130 de 02/05/2023 artículos 41, 42, 43, 44, 45, 48, 49,
50 y 96,
Ley Nº 16.713 de 03/09/1995 artículos 55, 57, 58, 58 - BIS y 59.
Sección V - SERVICIOS BONIFICADOS POLICIALES
Artículo 19
(Cómputo de la bonificación).- La bonificación se computará por años completos. Para acceder a la bonificación del año respectivo, el personal deberá haber permanecido en las tareas descriptas en el artículo anterior, por lo menos diez meses del año a considerar.