IMPUESTO A LAS TRASMISIONES PATRIMONIALES CAPITULO IV - DISPOSICIONES COMUNES
Artículo 16
Derogaciones.- Deróganse los Decretos 652/992 de 29 de diciembre de
1992, 485/993 de 12 de noviembre de 1993, 378/994 de 24 de agosto de 1994,
y el Artículo 54 del Decreto 99/998 de 21 de abril de 1998, a partir de la
vigencia del presente.