DETERMINACION DE LOS COMETIDOS DE LA SECRETARIA NACIONAL DE CIENCIA Y VALORIZACION DE CONOCIMIENTO




Promulgación: 19/03/2026
Publicación: 07/04/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículos 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 
51 y 73,
      Ley Nº 18.084 de 28/12/2006 artículos 2, 4 Literal B), 7 Inciso 1º), 
Literal F), 16, 17, 23, 24 y 25.

CAPITULO IV - PROGRAMA URUGUAY INNOVA

Artículo 17

   El Director Ejecutivo tendrá las siguientes funciones principales:
   A) Administrar las actividades del Programa en los términos previstos en el presente Decreto.
   B) Informar periódicamente al Consejo Estratégico Ministerial sobre el desarrollo del Programa en relación con los lineamientos estratégicos, objetivos y metas definidos, y proponer las intervenciones que considere pertinentes para una mejor ejecución de las actividades priorizadas.
   C) Proporcionar al Consejo Estratégico Ministerial el apoyo técnico que le sea solicitado, en coordinación con las instituciones que corresponda, en virtud de sus competencias.
   D) Liderar el equipo técnico del Programa.
   E) Toda otra actividad que le sea asignada por el Consejo Estratégico Ministerial.
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