DETERMINACION DE LOS COMETIDOS DE LA SECRETARIA NACIONAL DE CIENCIA Y VALORIZACION DE CONOCIMIENTO




Promulgación: 19/03/2026
Publicación: 07/04/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículos 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 
51 y 73,
      Ley Nº 18.084 de 28/12/2006 artículos 2, 4 Literal B), 7 Inciso 1º), 
Literal F), 16, 17, 23, 24 y 25.

CAPIULO V - FONDO URUGUAY INNOVA

Artículo 21

   La titularidad y la administración del Fondo Uruguay Innova estará a cargo de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación.
   La definición de la asignación de los recursos del Fondo será responsabilidad del Consejo Estratégico Ministerial del Programa Uruguay Innova.
   Como condición previa a la puesta en funcionamiento del Fondo, el Consejo Estratégico Ministerial del Programa Uruguay Innova deberá aprobar el Reglamento Operativo del Fondo, el que será elaborado y sometido a su consideración, conjuntamente, por la Secretaría de Ciencia y Valorización de Conocimiento y la Dirección Ejecutiva del Programa Uruguay Innova.
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