El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículos 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46,
51 y 73,
Ley Nº 18.084 de 28/12/2006 artículos 2, 4 Literal B), 7 Inciso 1º),
Literal F), 16, 17, 23, 24 y 25.
CAPIULO V - FONDO URUGUAY INNOVA
Artículo 21
La titularidad y la administración del Fondo Uruguay Innova estará a cargo de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación.
La definición de la asignación de los recursos del Fondo será responsabilidad del Consejo Estratégico Ministerial del Programa Uruguay Innova.
Como condición previa a la puesta en funcionamiento del Fondo, el Consejo Estratégico Ministerial del Programa Uruguay Innova deberá aprobar el Reglamento Operativo del Fondo, el que será elaborado y sometido a su consideración, conjuntamente, por la Secretaría de Ciencia y Valorización de Conocimiento y la Dirección Ejecutiva del Programa Uruguay Innova.