DETERMINACION DE LOS COMETIDOS DE LA SECRETARIA NACIONAL DE CIENCIA Y VALORIZACION DE CONOCIMIENTO




Promulgación: 19/03/2026
Publicación: 07/04/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículos 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 
51 y 73,
      Ley Nº 18.084 de 28/12/2006 artículos 2, 4 Literal B), 7 Inciso 1º), 
Literal F), 16, 17, 23, 24 y 25.

CAPIULO V - FONDO URUGUAY INNOVA

Artículo 22

   El Fondo Uruguay Innova se integrará con:
   A) Las partidas presupuestales que se le asignen.
   B) Los fondos originados en cooperaciones de organismos nacionales e internacionales.
   C) Las contribuciones que puedan realizar ministerios, personas públicas no estatales y Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio comercial e industrial del Estado, en el marco del cumplimiento de sus cometidos.
   D) Las donaciones en dinero, tanto nacionales como extranjeras, que tengan por objeto contribuir con el Fondo.
   E) Todo otro recurso que le sea atribuido.
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