Ver: Ley Nº 16.871 de 28/09/1997 Nueva Ley de Registros Públicos, Decreto Ley Nº 15.514 de 29/12/1983 artículo 87, Decreto Ley Nº 14.261 de 03/09/1974 artículo 43, Ley Nº 13.318 de 28/12/1964 artículos 55, 57, 58, 59, 60, 61 , 62 y 63.
El Registro tomará razón de los embargos generales de derechos y acciones, siempre que se indique: nombre, apellido, profesión u oficio y domicilio de la persona, a que se refiere el embargo.(*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 46.