REGLAMENTACION DE LO DISPUESTO POR EL TITULO 13 DEL TEXTO ORDENADO 2023, QUE RECOPILA NORMAS RELATIVAS AL IMPUESTO DE ENSEÑANZA PRIMARIA (IEP) Y DEROGACION DE LOS DECRETOS NROS. 395/992, 7/003, 229/015, Y 3/018
IMPUESTO DE ENSEÑANZA PRIMARIA (IEP)
CAPÍTULO I - NORMAS GENERALES
Artículo 3
Base de cálculo.- La base del cálculo del Impuesto será la de los valores reales de los inmuebles, determinados por la Dirección Nacional de Catastro (DNC).
Estarán exonerados de su pago los propietarios de los inmuebles cuyos valores reales sean inferiores a $ 271.091 (pesos uruguayos doscientos setenta y un mil noventa y uno) a valores vigentes al 1° de enero de 2025.
El referido valor se actualizará mediante la determinación que fije el Poder Ejecutivo.