Sección II
Del Procedimiento Disciplinario Título IV
De los sumarios e Investigaciones Administrativas Capitulo II
De la Instrucción
Artículo 56
El instructor deberá agregar copia autenticada de la foja de servicios de
cada uno de los funcionarios implicados en la información, con las
anotaciones al día de sus faltas al servicio y demás circunstancias
registradas por la oficina a que pertenezcan. El instructor pedirá el
documento referido en el presente artículo por oficio directamente a quien
corresponda.