Reglamentario/a de: Código Aduanero de 19/09/2014 artículos 13, 37, 92, 93, 94, 95, 96 y 173.
CAPÍTULO III DE LA MERCADERÍA
(Mercaderías comprendidas en el régimen de depósito aduanero). En los depósitos aduaneros podrán almacenarse mercaderías importadas que se encuentren amparadas en el régimen de depósito aduanero conforme a la modalidad autorizada.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 36 (vigencia).