VISTO: lo dispuesto por el Decreto Nº 85/003 de 28 de febrero de 2003;
RESULTANDO: que por la citada norma se reglamentó el régimen de contratos
a término previsto en los artículos 29 a 43 de la Ley Nº 17.556 de 18 de
setiembre de 2002;
CONSIDERANDO: que se considera necesario realizar algunos ajustes al
citado Decreto a fin de facilitar su aplicación;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA