REGLAMENTACION DEL REGIMEN DE CONTRATOS DE TRABAJO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 28/02/2003
Publicación: 18/03/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 338
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.556 de 18/09/2002 artículos 29 Derogada/o, 30, 31, 32, 
33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42 y 43.
Referencias a toda la norma

Artículo 22

   Los titulares de los contratos de trabajo no podrán desempeñar sus tareas para otro organismo que no sea aquél para el cual fueron contratados. (*)


(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 376/003 de 11/09/2003 artículo 7.
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