(Ámbito de aplicación). El régimen que se reglamenta es aplicable a los funcionarios públicos que se desempeñen en:
A) Poder Ejecutivo, con excepción de los funcionarios diplomáticos del
servicio exterior que se encuentren en misión en el extranjero.
B) Poder Judicial, con excepción de los Magistrados y Defensores
Públicos
C) Tribunal de Cuentas.
D) Corte Electoral.
E) Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
F) Servicios Descentralizados, con excepción de los funcionarios del
escalafón N de la Fiscalía General de la Nación.