REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 152 A 159 Y 127 A 131 DE LA LEY 19.276, RELATIVOS A LOS REGIMENES ADUANEROS DE RETORNO, ENVIOS EN CONSIGNACION Y SUSTITUCION DE MERCADERIA
(Formalidades). La solicitud de retorno de mercadería deberá ajustarse a las formalidades, requerimientos, controles y procedimiento simplificado que establezca la Dirección Nacional de Aduanas.