REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 152 A 159 Y 127 A 131 DE LA LEY 19.276, RELATIVOS A LOS REGIMENES ADUANEROS DE RETORNO, ENVIOS EN CONSIGNACION Y SUSTITUCION DE MERCADERIA
En caso de retorno de mercadería que contenga insumos que no sean de libre circulación al momento de la exportación, se deberán cumplir los requisitos, formalidades y tributación correspondientes a la importación definitiva por dichos insumos. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 161/017 de 20/06/2017 artículo 1.