CAPÍTULO VII
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO POLICIAL SECCIÓN V
NORMAS DE ACTUACIÓN PARA LOS FUNCIONARIOS POLICIALES QUE NO SE PRESENTAN AL SERVICIO SIN CAUSA JUSTIFICADA
Artículo 119
Si dentro del plazo de la intimación, el funcionario policial se presentara a prestar servicios, el jerarca de la repartición evaluará los motivos de la inasistencia como así la conducta funcional anterior, a los efectos de disponer, si correspondieren, las medidas disciplinarias que considere adecuadas.