CAPÍTULO I
CONCEPTOS GENERALES SECCIÓN II
PRINCIPIOS RECTORES DE LA ACTUACIÓN POLICIAL
Artículo 12
Los funcionarios policiales deben mantener un comportamiento ejemplar, promoviendo la confianza de aquellos a quienes dirigen su actividad, con apego estricto al principio de legalidad, rehusando de manera inequívoca el mantenimiento de relaciones o intereses que sean incompatibles con su función.