CAPÍTULO I
CONCEPTOS GENERALES SECCIÓN I
LA POLICIA
Artículo 2
Ámbito de aplicación.
El presente reglamento alcanza a todos los funcionarios policiales, cualquiera sea el tipo de vínculo que lo una con la Administración, se encuentre prestando servicios en el Ministerio del Interior o cualquiera de sus dependencias o en un organismo externo.
Asimismo, se aplica a todo el personal del Ministerio del Interior que tenga estado policial por imperio de la ley o estén sometidos al régimen disciplinario policial por la contratación y que cometa una falta disciplinaria tanto en el país como en el extranjero; en este último caso cuando se encontrare cumpliendo misiones oficiales de cualquier naturaleza.
Lo expuesto es sin perjuicio de normas que se dicten para sectores particulares por razones de especialidad.