REGLAMENTACION DE LA LEY 17.060, RELATIVA A NORMAS DE CONDUCTA EN LA FUNCION PUBLICA




Promulgación: 23/01/2003
Publicación: 28/01/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 173
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 17.060 de 23/12/1998,
      Código Penal de 04/12/1933 artículos 68, 84, 156, 157, 158, 158 - 
BIS, 159, 160, 161, 162, 163, 175, 177 y 179.
Referencias a toda la norma

TITULO I - NORMAS DE CONDUCTA EN LA FUNCION PUBLICA
CAPITULO 3 - PROHIBICIONES

Artículo 33

 (Prohibición de comunicaciones telefónicas y uso de teléfonos 
celulares). Prohíbese a los funcionarios públicos efectuar comunicaciones 
a larga distancia por medio de aparatos telefónicos con fines 
personales.
El uso de los teléfonos celulares contratados por las oficinas públicas 
queda restringido de acuerdo con lo dispuesto en las disposiciones 
legales y reglamentarias vigentes.
Ayuda