Derogada/o por: Decreto Nº 440/983 de 23/11/1983 artículo 17.
Visto: lo dispuesto en el artículo 48 de la ley 14.985, de 28 de
diciembre de 1979, por el que se crea el Registro General de Proveedores
de la Administración Central en la Contaduría General de la Nación.
Resultando: que la puesta en marcha del Registro de Proveedores del
Inciso 5 y su extensión gradual a todas las reparticiones de la
Administración Central resulta altamente positiva.
Considerando: I) La necesidad de reglamentar la norma referida en el
visto del presente decreto a efectos de lograr una efectiva centralización
y adecuada información a las empresas proveedoras;
II) La conveniencia de reunir en un solo texto las disposiciones
actualmente vigentes en la materia.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la
Contaduría General de la Nación,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 137/980 de 10/03/1980 artículo 14.
MENDEZ - MANUEL J. NUÑEZ - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO J. SAMPSON - LUIS H. MEYER - CARLOS A. MAESO - ANTONIO CAÑELLAS - TYDEO LARRE BORGES - FERNANDO BAYARDO BENGOA