REGLAMENTACION DEL IRPF. REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 18.083




Promulgación: 26/04/2007
Publicación: 04/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 667
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 8.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS PERSONAS FISICAS
CAPITULO III - RENTAS DE LA CATEGORIA II (RENTAS DEL TRABAJO)
SECCION I

Artículo 54

 (Escalas progresionales).- El impuesto correspondiente a las rentas del trabajo se determinará mediante la aplicación de tasas progresionales vinculadas a una escala de rentas. A tales efectos la suma de las rentas computables se ingresará en la escala, aplicándose a la porción de renta comprendida en cada tramo de la escala la tasa correspondiente a dicho tramo.

   Lo dispuesto en el inciso anterior no será aplicable al sueldo anual 
complementario y la suma para el mejor goce de la licencia obligatorios 
de acuerdo a las disposiciones legales, a los que se les aplicará una 
tasa proporcional conforme a lo dispuesto en el artículo 55 bis.

   Si el contribuyente obtuviera las rentas a que refiere el literal B) 
del artículo 47, el impuesto sobre las mismas se calculará en forma independiente de las restantes rentas de trabajo del contribuyente, conforme el procedimiento previsto en el citado artículo.  (*)

(*)Notas:
Incisos 2º) y 3º) redacción dada por: Decreto Nº 154/015 de 01/06/2015 
artículo 1.
Inciso 2º) redacción dada anteriormente por: Decreto Nº 292/010 de 
30/09/2010 artículo 2.
Ver en esta norma, artículos: 55 y 55 - BIS.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 292/010 de 30/09/2010 artículo 2.
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