INDUSTRIA DEL MEDICAMENTO. REGLAMENTACION DE LA LEY DE MEDICAMENTOS




Promulgación: 25/05/1987
Publicación: 09/06/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 694
  Visto: que por decreto ley 15.443, de 5 de agosto de 1983, se normatizó
la importación, representación, producción, elaboración y comercialización
de los medicamentos y demás productos afines de uso humano.

  Resultando: I) Que la Comisión Asesora creada por el artículo 15 del
precitado Decreto Ley se ha expedido, prestando su conformidad a las
normas propuestas para el Registro de Medicamentos primera parte del
Título "Registro de Productos";
II) Que dichas normas son complementarias de la reglamentación mencionada;
III) Lo informado al respecto por la Dirección General de la Salud y la
División Asuntos Legales del Ministerio de Salud Pública.

  Atento: a lo expuesto,
         El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

(*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 521/984 de 22/11/1984 
artículos 119, 123, 129, 130, 131 y 132.
Este artículo agregó a: Decreto Nº 521/984 de 22/11/1984 artículos 120, 
121, 122, 124, 125, 126, 127, 128, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 
141, 142, 143, 144 y 145.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese.

SANGUINETTI - RAUL UGARTE ARTOLA - LUIS A. MOSCA - JORGE PRESNO - HUGO
FERNANDEZ FAINGOLD
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