Visto: la gestión promovida por la Dirección Granos (DIGRA) del
Ministerio de Agricultura y Pesca, a los fines que se expresarán.
Resultando: I) Por decreto 84/983, de 16 de marzo de 1983, el Poder
Ejecutivo dictó la reglamentación de la ley 15.173, de 13 de agosto de
1981, que regula la producción, certificación. comercialización,
exportación e importación de semillas;
II) Por ley 15.554, de 21 de mayo de 1984, se modificaron algunas
disposiciones de la ley 15.173, de 13 de agosto de 1981 y se establecieron
nuevas normas en la materia;
III) En la gestión de referencia la Dirección Granos fundamenta la
necesidad de proceder a la modificación de los artículos 14, 29, 30, 32,
34, 38, 41, 77, 79, 83, 86, 87, 90, 94, 102, 120, 126, 127 y 128 del
decreto 84/983, de 16 de marzo de 1983, así como reglamentar las nuevas
disposiciones en materia de semillas de la ley 15.554, de 21 de mayo de
1984.
Considerando: conveniente proceder en la forma sugerida por la Dirección
Granos, en base al informe favorable de la Comisión Asesora en Materia
de Semillas, creada por resolución ministerial de 29 de julio de 1983 y
de la Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de Agricultura y
Pesca.
Atento: a lo preceptuado por el numeral 40 del artículo 168, de la
Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Los semilleros deberán desarrollar su actividad bajo la responsabilidad
técnica de un profesional ingeniero agrónomo al inscribirse en el Registro
General de Productores y Comerciantes de Semillas deberán comunicar, en
forma fehaciente, el nombre del Ingeniero Agrónomo que será responsable
Técnico del Semillero. Para aquellos semilleros inscriptos en el Registro
General de Productores y Comerciantes de Semillas a la fecha de vigencia
de este decreto, se les da un plazo de 30 (treinta) días hábiles para
realizar la comunicación.
Asimismo, dentro de los 10 días hábiles siguientes, deberá comunicarse
a la Unidad Ejecutora cualquier cambio operado respecto del responsable
técnico. El nombre del Ingeniero Agrónomo responsable técnico deberá
figurar en las etiquetas de la semilla categoría "Comercial".
ALVAREZ - JUAN CARLOS JORGE HIRIART - JULIO CESAR RAPELA - CARLOS A. MAESO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JUSTO M. ALONSO - ARMANDO LOPEZ SCAVINO - FRANCISCO D. TOURREILLES - FILIBERTO GINZO GIL - DANTE BARRIOS DE ANGELIS