Decreto N° 510/011 MODIFICACION DE LA REGLAMENTACION DEL IRPF, IRAE E IRNR
Documento Actualizado
Promulgación: 30/12/2011 Publicación: 02/02/2012
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: las leyes N° 18.718, de 24 de diciembre de 2010 y N° 18.719, de 27
de diciembre de 2010.-
RESULTANDO: que las mencionadas normas establecieron modificaciones al
Título 7 del Texto Ordenado 1996.-
CONSIDERANDO: necesario dictar un decreto que contenga disposiciones
reglamentarias para la aplicación de las referidas modificaciones.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 3° del Código
Tributario.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS PERSONAS FÍSICAS (*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007
artículo 1 inciso 1º).
(*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007
artículo 3 .
(*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007
artículo 5 - BIS inciso 3º).
(*) (*)Notas: Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 5 - TER .
(*) (*)Notas: Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 6 - BIS .
(*) (*)Notas: Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 6 - TER .
(*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007
artículo 9 inciso 2º).
(*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007
artículo 15 inciso 1º).
(*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007
artículo 16 .
(*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007
artículo 17 .
(*) (*)Notas: Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 17 -
BIS .
(*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007
artículo 18 .
(*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007
artículo 20 .
(*) (*)Notas: Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 20 -
BIS .
(*) (*)Notas: Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 20 -
TER .
(*) (*)Notas: Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 31
literal C).
(*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007
artículo 33 .
(*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007
artículo 34 literal C).
(*) (*)Notas: Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 34
literales N) y Ñ).
(*) (*)Notas: Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 39
inciso 1º), literales g) y h).
(*) (*)Notas: Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 39
inciso 2º).
(*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007
artículo 40 Literales c) y d).
(*) (*)Notas: Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 76 -
BIS .
Transitorio.- Para las rentas a que refiere el numeral 2 del artículo 3°
del Decreto N° 148/007, de 26 de abril de 2007, devengadas en el período
comprendido entre el 1° de enero de 2011 y el último día del mes en que
entre en vigencia el presente decreto, las entidades mencionadas en el
artículo 39 del citado Decreto podrán acordar con los contribuyentes que
operen a través de ellas, para que éstas efectúen los pagos por su cuenta
y orden.-
IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS (*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 150/007 de 26/04/2007
artículo 2 - BIS inciso 3º).
(*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 150/007 de 26/04/2007
artículo 6 incisos 1º) y 2º).
IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES (*) (*)Notas: Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 149/007 de 26/04/2007
artículo 14 - BIS inciso 3º).
Las disposiciones contenidas en el presente Decreto rigen desde el 1° de enero de 2011.
Exceptúase de lo anterior a los artículos 20 y 22. (*) (*)Notas: Agregado/s por: Decreto Nº 172/012 de 29/05/2012 artículo 1 .
IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES Comuníquese, publíquese y archívese.-
JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO
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