Transferencia de empresa. - Las transferencias, disoluciones parciales de
sociedad y operaciones análogas, importarán el cierre del ejercicio
económico y obligarán a los contribuyentes a presentar, dentro de los
cuatro meses, una declaración jurada correspondiente al ejercicio y
efectuar el pago del impuesto resultante. La empresa sucesora deberá
inscribirse como nuevo sujeto pasivo, previamente a la toma de posesión
del establecimiento, a todos los efectos fiscales.