Decreto N° 52/975 REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.252, EN LO RELATIVO AL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO
Documento Actualizado
Promulgación: 16/01/1975 Publicación: 28/01/1975
Registro Nacional de Leyes y Decretos:
Tomo: 1 Semestre: 0
Año: 1975
Página: 79
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículos 330 ,
331 , 332 , 333 , 334 , 335 , 336 , 337 , 338 , 339 , 340 , 341 , 342 , 343 , 344 , 345 ,
346 , 347 , 348 , 349 , 350 , 351 , 352 , 353 , 354 , 355 , 356 , 357 , 358 , 359 y
360 .
CAPITULO IV - VALUACION Y AJUSTE DEL ACTIVO Artículo 27 Deducciones globales. - En la valuación fiscal de mercaderías, no se
admitirán deducciones o aumentos de forma global para ajustar el valor de
las existencias, cualquiera sea su naturaleza. (*)
(*)Notas: Ver en esta norma, artículo: 31 .
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